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Consultorio: “No más responsabilidad objetiva en materia tributaria”

Los invitamos a leer el consultorio “No más responsabilidad objetiva en materia tributaria” de nuestra asociada Krishu Miranda Fuenmayor publicado hoy en Asuntos Legales de Diario La República.

La “interpretación razonable en la apreciación o interpretación del derecho aplicable”, nominalmente, es una causal de exoneración de responsabilidad de la sanción por inexactitud incluida en la Ley 1819 de 2016[1]. Sin embargo, se trata de una causal, con un nombre novedoso, que recoge las ya conocidas figuras de “diferencia de criterios” o “error de apreciación del derecho aplicable”. Más allá de su nombre, se trata de una causal de exoneración de significativa complejidad en su aplicación práctica. Solía ser una lotería, en la que normalmente el contribuyente figuraba como el gran perdedor. O al menos así era hasta hace poco.